viernes, 29 marzo, 2024
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El Consorcio del Festival de Teatro de Mérida está cometiendo una ilegalidad que puede tener graves consecuencias

Además de no cumplirse diversas condiciones legales que justificarían el aplazamiento del concurso y la prórroga por quinto año al actual adjudicatario, Jesús Cimarro, el contrato ya había expirado cuando se tomó el acuerdo y eso lo hace nulo, además de que hay un año para convocar el nuevo

Para que un contrato público pueda prorrogarse de forma extraordinaria, más allá de la propia prórroga ordinaria que dicho contrato incluye entre sus cláusulas, no solo deben darse una serie de condiciones legales que en el caso del aplazamiento del concurso y la prórroga de otra edición al ya vencido adjudicatario Jesús Cimarro no se dan, sino que hay que cumplir, entre otras, una esencial, y es que ese aplazamiento y prórroga fuera de contrato se produzcan dentro de la duración legal del contrato de que se trate y, en este caso, dicho contrato expiró antes, lo que automáticamente convierte en nulos el aplazamiento y la prórroga, sin contar que la causa de todo es la negligencia del Consorcio y que la falta de tiempo alegada no es tal.

El día 25 de agosto de 2019 se celebró la última representación de la 65ª edición del Festival de Teatro Clásico de Mérida, es decir, la cuarta y última que por contrato de 2016 del Consorcio de dicho Festival era responsabilidad de su hasta entonces adjudicatario, el empresario teatral Jesús Cimarro. Es decir, ese día “Cimarro terminó su labor, “entregó” la obra encomendada y ahí terminó el vínculo contractual que unía a ambas partes”, según el parecer de expertos. Es decir, según fuentes jurídicas consultadas y otras próximas al ámbito judicial, ese día expiró, a falta únicamente de las formalidades correspondientes relativas a la rendición de cuentas de la última edición, el contrato que vinculaba a ambas artes. Otras fuentes entienden, sin embargo, que el contrato caducó el 7 de abril de 2019, según lo estipulado en las condiciones contractuales de 2016 que veremos más adelante.


El concurso de 2016 se le dio a Cimarro 3 meses antes del comienzo del Festival, pero este año a 10 meses vista del de 2020, la Junta de Extremadura alega que no hay tiempo.


Para que una prórroga decretada para preservar intereses superiores sea legal, tiene que acordarse por el órgano correspondiente, aquí el Consorcio del Festival, dentro de la vigencia del contrato concernido, y en este caso no se da ninguna de las dos, pues no es dicho órgano el que toma la decisión, sino la Junta de Extremadura de facto (aunque luego se “oficialice” el acuerdo ya tomado), ni tampoco se toma antes de que expire el contrato, sino un mes (o varios meses más tarde de su terminación según otra interpretación) después, concretamente el 24 de septiembre, que es cuando el presidente de la Junta anuncia públicamente la prórroga, sin que hubiese habido la preceptiva reunión previa del Consejo Rector del Consorcio, que es el único órgano que puede tomar una decisión así.

Lo elocuente de la cronología de estos hechos presuntamente ilegales, según todos los indicios, y el trasfondo de claro favoritismo de la institución con Jesús Cimarro, quedan de manifiesto, en primer lugar observando su desarrollo desde el inicio:

En febrero de 2016, y después de que la Junta de Extremadura del PP presidida por José Antonio Monago concediera a dedo a Jesús Cimarro la explotación del Festival de Teatro de Mérida durante el período 2011-2015 (19 millones de euros incluido el incalificable despilfarro de las galas Ceres, una decisión presuntamente prevaricadora, sin contar una posible administración desleal de los fondos públicos), la nueva Junta de Extremadura presidida por Guillermo Fernández Vara, que había ganado las elecciones autonómicas ese año, sacó a concurso el Festival, aunque desde el principio se tuvieron sospechas de favoritismo en favor de Cimarro, sospechas avaladas por varias circunstancias, entre ellas, el hecho incuestionable de que hoy, cinco años después, y a pesar de haber tumbado este verano la Comisión Jurídica de Extremadura el nuevo concurso cuatrienal 2020-2023 por graves anomalías, le ha sido prorrogado el contrato a Cimarro por quinto año de Vara, que es ya el noveno consecutivo.

El 23 de febrero de 2016 se materializa el anuncio de la convocatoria del concurso por dos años prorrogables por otros dos, anuncio que se publica tres días después en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), Expediente 1/2016 (2016080259).

El 1 de abril de 2016, es decir, tan solo 35 días después de hacerse pública la convocatoria, el concurso fue adjudicado a Jesús Cimarro/Pentación Espectáculos, y el contrato se formalizó el 6 de abril. Esto sucedía a pesar de que, al parecer, la de Cimarro no era la mejor oferta económica entre las tres presentadas y a pesar de que era imposible que en tan breve lapso de tiempo el señor Cimarro hubiese podido ultimar la programación para ese año, lo que indica que dicha programación la tenía ya prácticamente cerrada antes de la celebración del concurso que, ¡qué casualidad!, ganó él.

A partir del 7 de abril de 2016, es decir “dos años a contar desde el día siguiente al de la firma del contrato”, según lo estipulado en las condiciones contractuales, empezó a correr el primer bienio que expiró el 7 de abril de 2018, prorrogable por otros dos años. En el contrato se hacía constar la previsión de “prórroga por acuerdo de las partes antes de la finalización de aquél, por un plazo máximo igual al período inicial de duración del contrato”, es decir, 2 años que ya han expirado también.

El 28 de noviembre de 2017, es decir, más de cuatro meses antes de la finalización del plazo de ejecución del contrato, que expiraba el 7 de abril de 2018, el Consorcio se lo prorrogó a Cimarro para las ediciones de 2018 y 2019, contrato prorrogado que, según fuentes jurídicas solventes consultadas por este periódico, ha terminado ya este verano, sin que sea posible ninguna prórroga más.

El 10 de abril de 2019, vencido ya el día 7 de dicho mes el contrato inicial cuatrienal de 7 de abril de 2016, la Junta y el Consorcio aprueban el inicio de otro expediente para la licitación del nuevo concurso bienal prorrogable hasta el cuatrienio (2020-2023).

El 27 de mayo de 2019 se publica el nuevo concurso en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Desde el principio se detectan en los pliegos de condiciones cláusulas que benefician exclusivamente a Cimarro, como ya hemos publicado en informaciones anteriores, así como numerosas irregularidades numéricas, errores y fallos inconcebibles en un concurso público (Escándalo en el Festival de Mérida: “amañado el contrato (15 millones de euros) en favor de Cimarro”).

El 24 de junio de 2019, tras la denuncias de irregularidades publicadas por este periódico y los recursos de las otras dos empresas licitantes, la Mesa de Contratación convocada para el día siguiente, es suspendida de manera fulminante y aplazada sine die por el director-gerente del Consorcio del Festival, Pedro Blanco Vivas (Continúa el escándalo: suspensión fulminante de la Mesa de Contratación del Festival de Mérida).

El 12 de septiembre de 2019, la Comisión Jurídica de Extremadura (CJE) da la razón a las empresas recurrentes, anula el concurso a causa de sus múltiples e inexplicables deficiencias e insta al Consorcio a convocar uno nuevo desde el principio (Sigue el escándalo: el Consorcio del Festival de Mérida tiene que convocar un nuevo concurso y el director-gerente debe dimitir).

El 24 de septiembre de 2019, en lugar de cumplir la resolución de la CJE y convocar de cero un nuevo concurso dado que había tiempo sobrado para ello, la Junta de Extremadura, bien por decisión personal de su presidente, bien por acuerdo tomado por el Consejo de Gobierno, y a pesar de no ser el órgano facultado para ello -esta función corresponde en exclusiva al Consejo Rector del Patronato Consorcio Festival de Teatro Clásico de Mérida- toma la decisión de posponer el concurso y prorrogar un año más al señor Cimarro, decisión presuntamente ilegal según fuentes jurídicas consultadas, como venimos diciendo y como seguiremos argumentando más adelante con más testimonios especializados.

La explicación de la Junta para justificar su decisión, ¡en septiembre de 2019, es decir, un año antes de la celebración del Festival de 2020!, es la de preservar el bien público de que el Festival de 2020 pueda celebrarse, como si no hubiera tiempo de convocar un nuevo concurso a un año vista. La propia Junta contradice su actuación, dado que en 2016, y para el Festival de 2016, que empezó el 6 de julio de ese año, el concurso se convocó el 23 de febrero del mismo año, es decir, cuatro meses antes, y se adjudicó el y 6 de abril, o sea, tres meses antes del comienzo del Festival, sin que en aquella ocasión eso fuese obstáculo para cumplir con el trámite de convocatoria, adjudicación y ejecución, cosa imposible esta vez según la Junta, a pesar de contar, desde el 12 de septiembre de 2019, cuando tumbó la CJE el concurso actual, con diez largos meses hasta el inicio de la edición de 2020.


Todos los juristas y funcionarios consultados por este periódico sobre el caso coinciden en señalar su presunta ilegalidad.


La noticia de la prórroga a dedo a Cimarro la dan el mismo día 24 y el 25 la prensa regional y nacional de manera inequívoca, tras la información que les hace llegar la propia Junta a través de la agencia EFE mediante una nota oficial, como vemos en la información de El Periódico Extremadura La Junta prorroga un año la gestión del Festival de Mérida tras anularse el concurso, o en la de El Diario La prórroga del Festival de Mérida era la única salida para una buena programación según la Junta, prueba de que la decisión estaba ya tomada fuera del órgano competente.

Para juristas y expertos consultados no hay duda de la arbitrariedad y presunta ilegalidad de esta decisión de la Junta, primero porque no le corresponde a ella sino al Consejo Rector del Consorcio tomar dicha decisión, y segundo, porque había tiempo sobrado para sacar un nuevo concurso.

El 25 de septiembre de 2019, El Periódico Extremadura publica la declaración textual del presidente de la Junta de Extremadura (Vara asegura que la prórroga a Cimarro permitirá organizar una buena programación), en la que este asegura que “la prórroga (de un quinto año) a Cimarro permitirá organizar una buena programación”. Esto quiere decir que la decisión estaba ya tomada de manera arbitraria e inválida, por un órgano que no era el competente, una semana antes de que el Consejo Rector -el único que podía tomar cualquier decisión- la “aprobase” el 30 de septiembre. En la misma información Vara asegura que “no vale resolver un contrato tres meses antes de que vaya a celebrarse el Festival”, aludiendo al posible retraso que habría con un nuevo concurso, pero olvidando que en 2016, y bajo su decisión personal, el concurso se convocó el 23 de febrero, se adjudicó el 6 de abril a Cimarro y el Festival empezó justo tres meses después, el 6 de julio. ¡La coherencia es absoluta!

El 30 de septiembre de 2019, lunes, según información que facilita personalmente el presidente de la Junta a este periodista, el Consejo Rector del Consorcio, en sesión extraordinaria, “aprueba” lo que ya había decidido el gobierno autonómico o su presidente una semana antes, es decir, aplazar sine die el concurso y darle a Cimarro otro año de prórroga a dedo por importe de más de 4 millones de euros para la edición de 2020.

El 10 de octubre de 2019, viendo que el Consorcio no ponía en marcha el nuevo concurso tal como determinaba la CJE en su resolución, las empresas recurrentes solicitaron por escrito a dicho Consorcio el cumplimiento de dicha decisión, pidiendo que “se proceda a iniciar y publicar el correspondiente (nuevo) procedimiento de licitación.”

Finalmente, el 4 de noviembre de 2019, es decir, 25 días después del requerimiento de las empresas recurrentes (lo que prueba una vez más la “diligencia” del órgano contratante), el Consorcio contesta diciendo que en la sesión extraordinaria de 30 de septiembre, se acordó anular el “Procedimiento de Contratación 1/2019, en ejecución de la Resolución 71/2019 de la Comisión Jurídica de Extremadura” y aprobar “la continuación de la gestión” del anterior concurso “una vez vencido el plazo establecido en el contrato, por el tiempo necesario para que sea posible la realización de la edición del Festival de Teatro Clásico en la anualidad 2020, hasta la formalización del nuevo contrato…”. Y se encomienda a la Dirección-Gerencia del Consorcio el inicio de “gestiones y elaboración de documentación” del nuevo concurso, pero sin dar fecha alguna al respecto. El escrito ni siquiera está firmado por la presidenta del consejo rector, la consejera de Cultura de la Junta de Extremadura, Nuria Flores Redondo, o por quien tenga delegada la presidencia, ni por el director-gerente, Pedro Blanco Vivas, sino por la secretaria del consejo, Yolanda Rodríguez Jovita.

LO QUE DICEN LOS EXPERTOS

Hemos consultado el caso con una decena de abogados, funcionarios y expertos jurídicos en materia de contratación pública, y profesionales relacionados con el ámbito de la Justicia de dentro y de fuera de Extremadura. Y sus opiniones, resumidas, son las siguientes:

NO EXISTE NECESIDAD EXTREMA: Una veterana funcionaria extremeña habituada a la contratación pública dice textualmente: “si no se contempla una nueva prórroga al final del contrato de 2 años ya prorrogado por otros 2, no se puede prorrogar de nuevo. Ahora bien, existe la posibilidad en caso de necesidad extrema. Lo que ocurre es que desde el 12 de septiembre de 2019 que anuló el concurso la Comisión Jurídica de Extremadura hasta el comienzo del Festival, avanzado ya el verano de 2020, el Consorcio aún está a tiempo de una nueva licitación; es decir, no existe necesidad extrema todavía”.

El presidente extremeño dice que confía en quienes han causado este lío.
El presidente extremeño dice que confía en quienes han causado este lío.

NO SE PUEDE PRORROGAR UN CONTRATO VENCIDO: La representación legal de las empresas recurrentes señala que el contrato original está vencido, que su plazo de vigencia era de dos más dos años de prórroga, que dicha prórroga ha expirado y que en el contrato “no hay ninguna cláusula que aumentase el plazo a voluntad de la Administración”.

NO SE AJUSTA A PROCEDIMIENTO LEGAL ALGUNO: Otro destacado jurista y a la vez alto funcionario público dice: “la cuestión fundamental reside en valorar si la cláusula 4 del contrato de 2016 sobre la que se basa la “continuidad” del servicio (en la que se invoca el interés público para prorrogar más allá del tiempo de vigencia del contrato) puede entenderse, o no, ajustada a la normativa sobre contratación pública. En este sentido, dicha cláusula produce unos efectos y conlleva una serie de consecuencias que harían dudar de su legalidad ya que, por ejemplo, al “rehabilitar” un contrato ya extinguido mediante una concesión directa a una empresa podría haberse incurrido en arbitrariedad; la “rehabilitación” del contrato no parece haberse ajustado a procedimiento legal alguno (no hay fase preparatoria ni ninguna otra) y tampoco parece que se hayan cumplimentado trámites básicos como información pública o período de alegaciones. Además, resulta curioso que la cláusula parece dar a entender que la continuación del servicio se realizará sin contrato pero con sujeción al condicionado del contrato de 2016. Tal circunstancia podría ser constitutiva de una vía de hecho fácilmente impugnable”.

NO HAY DICTAMEN JURÍDICO PREVIO: Otro reconocido jurista, así como fuentes cercanas al mundo de la Justicia, coinciden en señalar que para prorrogar un contrato público, y de esa cuantía además (más de 4 millones de euros), por un quinto año fuera de contrato, tiene que haber un dictamen previo o bien de la Intervención de la Junta de Extremadura o del Consorcio, o bien de los Servicios Jurídicos de dichas instituciones, un dictamen que razone la necesidad de la medida y confirme su base legal. En este caso, sin embargo, no existe nada parecido. Cuando hemos preguntado al propio presidente Fernández Vara por la necesidad de dicho dictamen, nos ha respondido: “he preguntado (al Consorcio) y me dicen que todo parte del dictamen de la Comisión Jurídica de Extremadura”.

Es decir, el presidente reconoce que no hay dictamen de los servicios jurídicos de la Junta ni de la Intervención, pero, además, incide en un error de partida y es que la resolución de la CJE que anula el concurso e insta a convocar uno nuevo, no emite ningún dictamen sino una resolución o sentencia, ni da pie en ningún punto de la misma para que se aplace sine die el nuevo concurso y se prorrogue por otro año a Cimarro, sino todo lo contrario.

NEGLIGENCIA DEL CONSORCIO Y PERJUICIOS A TERCEROS: Otro destacado jurista argumenta que “la demora en la convocatoria del nuevo concurso no se debe a causa de fuerza mayor -como, por ejemplo, una grave alteración climatológica que impida la terminación de una obra- sino a la propia negligencia del órgano convocante, el Consorcio, por haber redactado unos pliegos de licitación tan pésimos que fueron tumbados por la CJE. Por eso, no se puede invocar la salvaguarda del bien público de que el próximo Festival pueda celebrarse en fecha, cuando es el propio Consorcio organizador el causante de la demora y menos cuando, en lugar de ponerse de inmediato a corregir los fallos de la licitación y sacar el nuevo concurso, pierden un tiempo precioso teniendo en cuenta que desde primeros de septiembre de 2019 hay tiempo sobrado hasta el verano de 2020. Y eso, sin contar que esa negligencia sancionable del Consorcio, causa además perjuicios a terceros, que son las otras empresas licitantes, que han invertido medios económicos y tiempo en preparar primero su licitación y después en recurrir el anómalo concurso hasta conseguir su anulación por el órgano correspondiente, y que se ven perjudicadas, además, porque posiblemente alguna de ellas hubiese podido ganar el nuevo concurso y podría optar a organizar el Festival de 2020 con el consiguiente beneficio económico, y que en cambio, se prorroga de facto en beneficio exclusivo del anterior adjudicatario, al que de nuevo se le da el negocio en exclusiva. Esta conducta puede ser objeto de demanda civil y/o querella penal por las partes perjudicadas, por presuntos ilícitos incluso penales”.

OBJETO DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA: Un letrado habituado a tratar estos temas en los Juzgados nos cita, por analogía, las condiciones que el Tribunal Supremo establece para la prevaricación administrativa: “a) que la decisión se haya tomado mediante una resolución de una institución pública. b) que dicha decisión sea contraria a Derecho. c) que la misma no se pueda explicar con unos argumentos técnicos-jurídicos mínimamente razonables. d) que cause un resultado injusto. e) que se realice con la intención de que prevalezca la voluntad de la autoridad o del funcionario implicados; y en este caso pudiera considerarse que se dan dichas condiciones”.

OTROS CASOS ANÁLOGOS CON GRAVES CONSECUENCIAS

Aunque en un caso que no tiene nada que ver con el que nos ocupa pero con el que existe una evidente analogía, el Tribunal Supremo acaba de anular, después de un largo litigio promovido por una empresa licitante que se vio perjudicada por irregularidades en la licitación, el concurso y la adjudicación de derechos mineros a una empresa minera tratada con favoritismo por la Junta socialista de Andalucía (Marcha atrás en el concurso minero ilegal de Susana Díaz).

Ahora están a tiempo todavía la Junta de Extremadura y su presidente, que son los que en realidad han tomado la decisión de prorrogar a Cimarro una semana antes de que el Consorcio “respaldara” la decisión, como queda probado en esta información por el cotejo de fechas, de anular dicha prórroga ilegal y ordenar la rápida convocatoria del nuevo concurso para que dé tiempo de organizar el próximo Festival de Mérida. Porque pudiera ocurrir que una nueva acción legal de las empresas recurrentes ante la Justicia ordinaria tuviera el resultado de que un juez determinara la suspensión preventiva de dicha prórroga y eso sí que acortaría los plazos y pondría en peligro su celebración, cosa que únicamente sería imputable a la propia Junta y al Consorcio.

En este caso, el aplazamiento y la prórroga tienen todos los visos de ser ilegales, según los expertos consultados, porque:

1) El contrato con Cimarro, que solo contemplaba una única prórroga de 2 años ya vencida, ha expirado y tras su caducidad no se puede prorrogar.

2) Desde el 12 de septiembre que falló en contra del Consorcio la CJE, había tiempo sobrado para reiniciar el nuevo concurso.

3) Es inexplicable que el Consorcio no se pusiera de inmediato a organizar la nueva licitación.

4) No se puede alegar falta de tiempo para organizar el Festival de 2020 a un año vista, cuando el de 2016, con esta misma Junta y Consorcio, se organizó en tres meses, entre el 6 de abril y el 6 de julio de dicho año.

5).- Para el aplazamiento indefinido del concurso y la prórroga a Cimarro no se han cumplimentado trámites básicos como la información pública o abrir un período de alegaciones y eso causa indefensión de las empresas perjudicadas.

6) La alegación de la Junta de proteger un bien superior (que el Festival de 2020 se pueda celebrar en fecha) no se sostiene siendo ella y el Consorcio los causantes, por su negligencia, de la demora, negligencia acrecentada por el tiempo perdido desde la sentencia de la Comisión Jurídica de 12 de septiembre.

7) La decisión de aplazar el concurso y prorrogar a Cimarro no la toma, como es preceptivo, el órgano competente, el Consorcio, sino que lo que hace este es “ratificar” una decisión tomada y anunciada a los medios una semana antes por el presidente de la Junta de Extremadura y su gobierno, que son quienes verdaderamente toman la decisión.

8) Al parecer se cumplen los requisitos que establece el Supremo para una posible prevaricación administrativa.

9) No existe el imprescindible dictamen previo de la Intervención ni de los Servicios Jurídicos de la Junta que avale la decisión de aplazar el concurso y prorrogar el caducado.

10) Se rompe el principio de equidad, se perjudica gravemente a otras dos empresas licitantes que han invertido dinero y tiempo en presentarse al concurso, en recurrir sus anomalías y que han ganado el recurso, y a las que no se puede seguir perjudicando por la negligencia de la Junta que termina premiando al mismo adjudicatario que lleva ya 8 años y al que presuntamente se quiere favorecer, privando a las demás de la posibilidad de ganar el concurso para 2020 y causándoles por tanto otro perjuicio económico por la imposibilidad que se les impone de acceder a dicho negocio en igualdad de condiciones.

11) El fin no justifica los medios. Salvaguardar el bien público de que el Festival de 2020 pueda celebrarse en fecha no puede estar por encima del principal bien público en un Estado de Derecho, que es respetar la ley y actuar con equidad desde las administraciones públicas.

Tras el desaguisado originado por la negligencia del Consorcio del Festival de Mérida, cuya pésima actuación profesional motivó primero la suspensión de la Mesa de Contratación y después la anulación de todo el concurso por la CJE, y que puede dar lugar a una acción judicial mucho más seria ante la Justicia ordinaria, con todas las probabilidades de que las empresas recurrentes ganen, el presidente de la Junta ha dicho a este periodista: “Te aseguro que conociendo a quienes llevan (el expediente del concurso del Festival), confío en sus resoluciones”. ¡Bravo! Enhorabuena. Pero si al final se derivan de esta injusticia consecuencias de indemnización o de sanción económica, que sean los causantes, funcionarios y políticos, los que paguen de su bolsillo y no con dinero público.

(José Mª Pagador es periodista y escritor, y fundador y director de PROPRONews. Sus últimos libros publicados son 74 sonetos (poesía, Fundación Academia Europea de Yuste), Los pecados increíbles (novela, De la Luna Libros), Susana y los hombres (relatos, Editora Regional de Extremadura) y El Viaje del Tiburón (novela, Caligrama Penguin Random House).

SOBRE EL AUTOR

José Mª Pagador y Rosa Puch, casi 100 años de periodismo

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