viernes, 26 abril, 2024
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Desestimada la reclamación del concurso del Servicio de Maquillaje y Peluquería de Canal Extremadura TV

La Comisión Jurídica de Extremadura rechaza de plano el recurso de Rocío González Pérez, por lo que el concurso sigue adelante

La Comisión Jurídica de Extremadura ha desestimado el recurso presentado hace días por María del Rocío González Pérez por el que fue paralizado preventivamente el concurso para la adjudicación del Servicio de Maquillaje y Peluquería de la televisión de Extremadura, tras ser admitido en principio, como publicamos el pasado día 28 de julio. La citada Comisión ha desestimado de plano dicho recurso La otra licitante, Belén Jiménez Galván, se queja con razón de ciertos extremos de dicha información que aquí se aclaran.

A pesar de que desde nuestro periódico tratamos de contrastar los detalles de todas las informaciones que publicamos, en relación con la anterior noticia publicada por este medio hace días (Paralizado el concurso del Servicio de Maquillaje y Peluquería de la televisión extremeña), no nos fue posible localizar entonces a la otra licitante del concurso citado, Belén Jiménez Galván, por lo que no pudimos contrastar con ella la noticia y por cuyo motivo omitimos su identidad en lo publicado.


Publicamos escrito de rectificación de la otra licitante, Belén Jiménez Galván.


Ahora, la señora Jiménez Galván nos envía un escrito de rectificación que aclara todos los extremos de dicha información y que reproducimos con mucho gusto:

“En relación con el artículo denominado “Paralizado el concurso del Servicio de Maquillaje y Peluquería de la televisión extremeña publicado” publicado en su web PROPRONews, en su apartado de Stop Abusos, y como aludida en dicho artículo por ser parte afectada del procedimiento, puesto que sólo nos presentamos dos empresas a la licitación, quisiera trasladarle lo siguiente:

Primeramente, trasmitirle que siento una gran decepción porque profesionales de reconocido prestigio no hayan contrastado la información que aparece en el artículo, ni se hayan puesto en contacto con las partes afectadas, haciendo una redacción unilateral de los hechos, publicando difamaciones y vertiendo acusaciones infundadas. Más cuando se definen como “un instrumento al servicio de la verdad, del ser humano y de la sociedad” y no siendo ésta una manera ortodoxa de actuar en el sistema periodístico independiente y veraz que ustedes abanderan y defienden.

A continuación, les esbozo algunos detalles y datos verificables sobre la licitación tratada en su artículo:

– La contratación del “servicio de maquillaje y peluquería para los presentadores y colaboradores de los programas de producción propia de Canal Extremadura», expediente 02819PAO, fue un concurso público abierto en el ámbito de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

El concurso se ha desarrollado a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, que tiene un carácter nacional y cuya objetividad esta fuera de toda duda. Donde todos los documentos están tratados digitalmente y de forma codificada, estando datados y registrado todos los movimientos y accesos en la plataforma. Por tanto, la manipulación de datos es imposible, y en el caso de intentarse, habría registros telemáticos.

Puede consultar toda la información del procedimiento y documentos en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

– La oferta de Belén Jiménez Galván fue presentada el 30 de Abril de 2019 a las 12:46:34, mientras la oferta de María Rocío González Pérez tiene datada su fecha de presentación: 02 de May de 2019 a las 18:23:01. Es decir, la oferta de Belén Jiménez fue presentada con anterioridad a la de María Rocío González Pérez. Por consiguiente, es materialmente imposible que Belén Jiménez tuviera “información privilegiada” de la oferta presentada por Rocío González como se me acusa en su artículo.

– Además, la apertura del sobre con la documentación económica se hizo de manera pública, estando presente todas las partes que han participado en la licitación. Existe un acta.

La solvencia económica y profesional es un requisito para participar en la licitación, no es valorable. Se debe dar por apta la capacitación de todas las personas participantes en la licitación según las exigencias de los pliegos de contratación, cuestión que valida la mesa de contratación con la documentación aportada por cada licitante. Pero en ningún caso es puntuable. A este respecto, en su artículo, se ignora u omite mi trayectoria profesional, pronunciándose sólo sobre María Rocío González Pérez, ensalzándola, y poniendo en duda mi recorrido profesional y capacitación.

– Con respecto al Recurso presentado en la Comisión Jurídica de Extremadura por Da. María Rocío González Pérez, para que extraigan sus propias conclusiones, se adjunta la Resolución de la Comisión Jurídica de Extremadura nº 57/2019 de 17 de julio y publicada en la plataforma de contratación el 22/07/2019, una semana antes de la publicación en su web de su noticia. Por la cual se desestima íntegramente el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Da. María Rocío González Pérez frente a la resolución de adjudicación del contrato «servicio de maquillaje y peluquería para los presentadores y colaboradores de los programas de producción propia de Canal Extremadura», expediente 02819PAO, y se levanta la suspensión cautelar. No hará valoraciones a la misma.

– En el año 2018, la contratación “servicio de maquillaje y peluquería para los presentadores y colaboradores de los programas de producción propia de Canal Extremadura» se regulaba por el derogado Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Se licitó a través de la formula negociado sin publicidad. En el cual participamos María Rocío González Pérez y Belén Jiménez Galván. Dicha licitación se valoraba un proyecto técnico de desarrollo de las tareas y la oferta económica. Siendo la solvencia económica y profesional un requisito, no valorable.

– En esta licitación de 2018, resultó adjudicataria María Rocío González Pérez por la diferencia de puntos obtenida en la oferta económica, que superó la tremenda diferencia obtenida por Belén Jiménez Galván en la valoración de la parte técnica. Por tanto, no resultó adjudicataria por la experiencia profesional, como señalan en su artículo.

Por todo esto, le solicitó encarecidamente que rectifiquen su artículo de manera inmediata, extraigan su información y se ciñan a los hechos acaecidos. Confió plenamente en su profesionalidad que les avalan durante tantos años. Tan importantes son los hechos como los relatores de estos hechos. Por eso, no quiero verter opiniones sobre esta licitación, solo aporto hechos, datos y documentos, para que ustedes hagan su trabajo de una manera objetiva, imparcial y veraz. Y solo deseo que cumplan con su meta que como dicen en su pie de página de la web “Realizamos nuestro trabajo por amor al periodismo, a la verdad y a la libertad y en solidaridad con la ciudadanía”.

En caso contrario, muy a mi pesar, me reservo la posibilidad de iniciar acciones legales y penales por la vulneración y daños a mi imagen y a mi honor. Llevo muchos años trabajando duro, con una trayectoria intachable y un reconocido prestigio que lucharé por mantener, para que ahora desde la difamación o la manipulación se me intente dañar de manera tan arbitraria. Todo ello contrario a los principios de su publicación.

Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier información adicional que deseen y seguramente en Canal Extremadura también estén a su disposición.

Atentamente, Belén Jiménez Galván.”

DESESTIMACIÓN DEL RECURSO

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